viernes, 8 de julio de 2011

Puebla hacia una nueva era de justicia

El sistema judicial en Puebla es uno de los principales puntos que ha mantenido a la entidad con bajos índices de competitividad, con los efectos colaterales que esto refiere
Ante ello se han aprobado reformas al sistema que sin embargo exhiben algunas debilidades ante las cuales el gobierno deberá actuar de forma rápida para evitar que se cambien unos problemas por otros.
Y es que la solución que plantea el ejecutivo se basa en agilizar la impartición de justicia y mejorar el sistema de readaptación social, empero en este último punto no se profundiza en la forma de combatir el problema del hacinamiento en el corto plazo.
El presidente de la comisión de gobernación, Juan Carlos Espina Von Roerich, reconoció que la reforma no habla del combate al hacinamiento en los centros de readaptación social en corto plazo “no sé si se vaya a dar una propuesta de reforma en lo futuro, yo creo que este en términos generales son iniciativas que van en el sentido de la reforma que se está dando a nivel federal, es un nuevo sistema de justicia penal que se está dando a nivel de la república y que también Puebla se inserta en esta corriente en donde paulatinamente iremos transitando de un sistema a otro que tiene más ventajas”.
Amén de ello se observa que la efectividad de los cambios para que mejores el sistema judicial dependerá del contar con suficiencia presupuestal para llevar a cabo los ambiciosos planes que se tienen en la materia.
El diputado apuntó que aún no se tiene un monto preciso del incremento presupuestal que se requerirá para consolidar la modernización que se pretende del sistema, “será parte del trabajo que seguiremos haciendo (…) efectivamente como bien dices, a partir del año que entra se requerirá que el presupuesto de egresos contemple partidas específicas para poder echar andar esto, se requieren recursos, se requiere, personal e instalaciones”.
Actualmente del presupuesto total del estado en este 2011 (52 mil 534 millones 669 pesos) el Poder judicial tiene destinados 397 millones 233 mil 758 pesos en tanto que la Secretaría de gobernación (de la que depende el sistema penitenciario) percibe 426 millones 502 mil 224 En la clasificación sectorial que agrupa los recursos públicos que integran el presupuesto de egresos del estado se señala que se destina a Seguridad pública 1 mil 569 millones 206 mil 881 pesos, a procuración de justicia 537 millones 785 mil 35, a Gobernación 469 millones 783 mil 369 al área Jurídico y legal 28 millones 930 mil 3 pesos.
La estructura actual del Tribunal Superior de Justicia (en la que se tendrían que contratar jueces especializados) contempla jueces municipales, jueces de paz y jueces indígenas
Cinco familiares, nueve penales, 30 foráneos, 12 civiles y el juzgado adolescente
Además de ello integra los jueces de primera instancia para la sala primera, segunda y tercera civil, así como primera, segunda y tercera civil y de adolescentes.
La Percepción mensual del Magistrado presidente es de 134 mil 365, de un magistrado de 72 mil 337, de un Secretario de acuerdos 39 mil 664, de un Secretario adjunto de 39 mil 664 y de un Juez de 40 mil 406.
No se tienen informes recientes del rezago en expedientes que ha significado la saturación de trabajo sin embargo se reporta un promedio de entre 5 a 6 mil expedientes procesados o radicados mensualmente

Los cambios
Las reformas en materia judicial planteadas por el poder ejecutivo prevén la especialización de jueces con la adición de jueces de ejecución, de exhortos y supernumerarios, instaurar el servicio a la comunidad como pena para delitos menores y la creación de los Consejos Técnicos Interdisciplinarios que serán los encargados de analizar uno por uno cada caso de los internos para conformar un plan individual de readaptación de los presos a través de su atención en materia de educación, capacitación laboral y salud.
Se prevé que la mayor parte de los cambios se apliquen en 2013 y debido a la especialización que requerirán implicará cambios en la nómina y una mayor partida presupuestal que aún no se ha dado a conocer.
La reforma en el artículo 3 destaca que el régimen de reinserción será progresivo y técnico y se basará en la individualización del tratamiento a que debe ser sometido todo interno y estará orientado a modificar aspectos de la personalidad del mismo.
En el artículo 5 referente a la aplicación del procedimiento para la reinserción social, destaca que el proceso constará en tres periodos: 1) estudio y diagnóstico, 2) tratamiento (clasificación y tratamiento preliberacional) y 3) la reinserción.
En la primera etapa se plantea la realización de estudios de personalidad del interno en los aspectos jurídico, médico- psiquiátrico, psicológico, sociológico, educativo, criminológico, trabajo social, ocupacional y de seguridad.
El periodo de tratamiento se fundamentará en la individualización de las sanciones penales impuestas, en los resultados de los estudios técnicos y en el diagnóstico que se practique al sentenciado. Será individualizado, programado y continuo.
Para el efectivo resultado del procedimiento la responsabilidad caerá en el denominado Consejo Técnico Interdisciplinario que también será de nueva creación.
El trabajo penitenciario será obligatorio para los sentenciados con remuneración acorde con la actividad productiva para el sostenimiento de su familia y/o a la formación de un fondo de ahorro que le será entregado al momento de obtener su libertad y en su caso a cubrirla reparación del daño. La Secretaría de seguridad pública adoptará las medidas necesarias para asegurar la efectividad del resultado.
Asimismo en el artículo 20 se establece que los internos tendrán derecho a que se les proporcione capacitación para el trabajo, en tanto que en el artículo 23 se garantiza el derecho a recibir educación para los presos siendo obligatoria la enseñanza básica y quedando sujeta a la suficiencia presupuestal del erario. Los certificados de estudio harán mención de la institución que los expida sin aludir al Cereso en que se cursaron.
Resalta que los internos podrán solicitar la prestación de servicios de educación privada a su costa siempre que el nivel de seguridad, custodia y tratamiento lo permitan; lo mismo sucede en materia de salud.
En materia de salud se contempla que los internos tengan acceso a asistencia médica preventiva, incluyendo programas nutricionales y campañas de planificación familiar.
Cabe subrayar que en la reforma se descarta la opción de privatizar el manejo de los Ceresos al indicar que los mismos serán sostenidos con cargo al erario del estado y de los municipios.
Para garantizar los buenos resultados del plan se dispone la creación de un Consejo General Técnico Interdisciplinario que dependerá de la SEGOB, que estará integrado por especialistas en el área jurídica, médica, psiquiátrica, de trabajo social, pedagógico, laboral, psicológico, de seguridad y custodia, criminológico y sociológico. Sesionará por lo menos una vez a la semana será la responsable de supervisar y evaluar el desempeño de los consejos técnicos interdisciplinarios.
De igual forma contempla un tratamiento pospenitenciario para la reinserción social de forma que el estado prestará asistencia y atención a los liberados a través de las instancias designadas para ello.

Cambios en procedimientos penales

La propuesta del ejecutivo considera cambios para la reducción de la sobrepoblación penitenciaria a través de juicios orales introduciendo además la figura del Juez de Ejecución quien tendrá facultades que aún son del ejecutivo para modificar la duración de las penas, vigilar el tratamiento penitenciario y dictaminar los beneficios de la libertad anticipada.
Se deroga la figura de decomiso, restitución y retención de bienes asegurados en el caso de que las penalizaciones no sean ejecutadas inmediatamente.
Se plantea además que el código de procedimientos penales entre en vigor de manera gradual iniciando e 15 de enero de 2013.
A la par en la reestructura de la ley orgánica del estado se contempla darle mayor flexibilidad respecto a las atribuciones del tribunal pleno.
Se propone la creación de la figura del Juez de Exhortos que desahogue el número de exhortos, requisitorias y despachos que han saturado a los juzgados ordinarios del Tribunal Superior de Justicia. También se pone a discusión la creación de diligenciarios a fin de evitar actos de corrupción y brindar mayor transparencia a las funciones de los actuarios.
De esta forma se considera contar con juzgados de control, de juicio oral y de ejecución de sanciones; especializados en justicia para adolescentes; juzgados de exhortos; juzgados de extinción de dominio, juzgados municipales, juzgados de paz civiles y la creación de jueces supernumerarios e itinerantes.
La modificación a la ley señala que estos últimos intervendrán en el apoyo de tribunales que muestren rezago por cargas excesivas de trabajo
También se propone fortalecer los procesos de autoevaluación y control en la gestión de recursos en el poder judicial a través de auditorías de desempeño y auditorias de legalidad.

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